El seguro de responsabilidad medioambiental, una obligación rentable
La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental tiene como objeto regular la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales causados al: suelo, las aguas, la ribera del mar y rías y especies de flora y fauna silvestre.
En esta línea se establece los dos tipos de responsabilidad:
No importa si la actividad se encuentra dentro del anexo III de la ley o no, si tu empresa es susceptible de producir cualquier daño a los recursos naturales, esta se encontrará en la obligación de sufragar todos los costes para prevenir y evitar que se produzca o agrave el hecho contaminante.